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Tutorías

Funciones de los tutores

  1. Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y en colaboración con el departamento de orientación del instituto.
  2. Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo.
  3. Organizar y presidir la junta de profesores y las sesiones de evaluación de su grupo.
  4. Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del instituto.
  5. Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y profesionales.
  6. Colaborar con el departamento de orientación del instituto, en los términos que establezca la jefatura de estudios.
  7. Encauzar las demandas e inquietudes de los alumnos y mediar, en colaboración con el delegado y subdelegado del grupo, ante el resto de los profesores y el equipo directivo en los problemas que se planteen.
  8. Coordinar las actividades complementarias para los alumnos del grupo.
  9. Informar a los padres, a los profesores y a los alumnos del grupo de todo aquello que les concierne, en relación con las actividades docentes y complementarias y con el rendimiento académico.
  10. Facilitar la cooperación educativa entre los profesores y los padres de los alumnos.
  11. Apoyados por los docentes de cada materia, se encargarán, principalmente en los cursos de 1º y 2º de la ESO, del seguimiento de la agenda escolar.

En el caso de los ciclos formativos de formación profesional, el tutor de cada grupo asumirá también, respecto al módulo de formación en centros de trabajo, las siguientes funciones:

  1. La elaboración del programa formativo del módulo, en colaboración con el profesor de formación y orientación laboral y con el responsable designado a estos efectos por el centro de trabajo.
  2. La evaluación de dicho módulo, que deberá tener en consideración la evaluación de los restantes módulos del ciclo formativo y, sobre todo, el informe elaborado por el responsable designado por el centro de trabajo sobre las actividades realizadas por los alumnos en dicho centro.
  3. La relación periódica con el responsable designado por el centro de trabajo para el seguimiento del programa formativo, a fin de contribuir a que dicho programa se ajuste a la cualificación que se pretende.
  4. La atención periódica, en el centro educativo, a los alumnos durante el período de realización de la formación en el centro de trabajo, con objeto de atender a los problemas de aprendizaje que se presenten y valorar el desarrollo de las actividades correspondientes al programa de formación.

Juntas de profesorado

Composición y reuniones

La junta de profesores de grupo estará constituida por todos los profesores que imparten docencia a los alumnos del grupo y será coordinada por su tutor. Las Juntas de Profesorado constituyen el equipo educativo de cada grupo de alumnos y alumnas y, dada la trascendencia de sus funciones en la coordinación de las actividades de enseñanza-aprendizaje y en la mejora del clima de convivencia del grupo, se reunirán dos veces al trimestre en Educación Secundaria Obligatoria, además de las sesiones de evaluación preceptivas.
A lo largo del curso podrán realizarse además otras reuniones de las Juntas de profesorado, cuando la Jefatura de Estudios o los tutores lo consideren necesario.
A las reuniones de las Juntas del Profesorado, que serán coordinadas por el tutor del grupo, asistirá un miembro del Departamento de Orientación. En la Educación Secundaria Obligatoria asistirá necesariamente también un miembro del Equipo Directivo.

Funciones

  1. Llevar a cabo la evaluación y el seguimiento global de los alumnos del grupo, estableciendo las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje, en los términos establecidos por la legislación específica sobre evaluación.
  2. Establecer las actuaciones necesarias para mejorar el clima de convivencia del grupo.
  3. Tratar coordinadamente los conflictos que surjan en el seno del grupo, estableciendo las medidas adecuadas para resolverlos.
  4. Procurar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan a los alumnos del grupo.
  5. Conocer y participar en la elaboración de la información que, en su caso, se proporcione a los padres o tutores de cada uno de los alumnos del grupo.
  6. Cualquier otra que establezca el NOFC del instituto.

Jefatura de estudios

Competencias de Jefatura de estudios

  • Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
  • Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad.
  • Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de profesores y alumnos, en relación con el proyecto educativo, los proyectos curriculares de etapa y la programación general anual y, además, velar por su ejecución.
  • Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, los horarios académicos de alumnos y profesores de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
  • Coordinar las actividades de los jefes de departamento.
  • Coordinar y dirigir la acción de los tutores, con la colaboración, en su caso, del departamento de orientación y de acuerdo con el plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial.
  • Coordinar, con la colaboración del representante del claustro en el centro de profesores y recursos, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el instituto.
  • Organizar los actos académicos.
  • Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización, y apoyando el trabajo de la junta de delegados.
  • Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.
  • Favorecer la convivencia en el instituto y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y los criterios fijados por el consejo escolar.
  • Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro de su ámbito de competencia.

Dirección

Artículo 132 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación

Competencias de Dirección

  • Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a esta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.
  • Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.
  • Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los fines del proyecto educativo del centro.
  • Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
  • Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
  • Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas correctoras que correspondan a los alumnos y alumnas, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.
  • Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.
  • Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.
  • Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito de sus competencias.
  • Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.
  • Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar del centro.
  • Promover experimentaciones, innovaciones pedagógicas, programas educativos, planes de trabajo, formas de organización, normas de convivencia, ampliación del calendario escolar o del horario lectivo de áreas o materias, de acuerdo con lo recogido en el artículo 120.4.
  • Fomentar la cualificación y formación del equipo docente, así como la investigación, la experimentación y la innovación educativa en el centro.
  • Diseñar la planificación y organización docente del centro, recogida en la programación general anual.
  • Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.

Profesorado 2024 / 2025

Actividades Complementarias y Extraescolares
M.ª del Carmen Morales Rama
ITED
Inmaculada Ortega Caldito
Economía
Águeda Romero Fernández
Filosofía
Luis Naranjo Moreno
Francés
Álvaro Olivares Rubio
Música
Mara Ruiz Acevedo
Artes Plásticas y Visuales
Anabel García de Acilu Criado
José Manuel Sobrino Carrasco
Cultura Clásica, Griego y Latín
Juan Manuel García Godoy 
Beatriz Vera Polo
Educación Física
Rufino Cordero González
Antonio Ramiro Cortijo
Física y Química
María Felisa Fernández Sánchez
Soledad Morillo García
Tecnología
Inmaculada Aguilar Molano
Mª Teresa Cáceres Balsera
Ciencias Naturales
Cándido José Gálvez Peralta
M.ª del Carmen Morales Rama
Laura Timón Cañadas
Leticia Sánchez Cordero
Geografía e Historia
M.ª del Carmen Armas Martínez
Verónica Martín Cáceres
Julio Rosa García
Blanca Sánchez Muñoz
Inglés
Alba Alcalá Franco
Beatriz Gutiérrez Utrero
Susana Luis Mansilla
Manuela Rodríguez Cabrilla
Carmen Xialan Pozo Moreno
Lengua Castellana y Literatura
Isabel Becerra Cuadrado
Eva Áurea Domínguez Sánchez
Juan Carlos Olmeda Rodríguez
Inmaculada Ortega Caldito
Ana Púa Ramos
Matemáticas
Juan Cabanillas Uria
Natalio Díaz Herrera
José Mª Luengo Fernández
José Antonio Moreno Rascón
Diego Pineda Vargas
Fam. Prof. Agraria
Francisco Calderón Romero
José Enrique Galián Aguilar
Francisco Javier Herráez García
Luis Martín de la Vega Sánchez
Ana M. Martorán Montero
Juan Miguel Ramírez Muñoz
Rufino Rodríguez Sánchez
Fam. Prof. Sanidad
Esther Galán Aguilar
M.ª José Horrillo Dorado
María del Carmen Lucia Serer
Javier Parejo Andrada
Rosa Mª. Pizarro Gómez
Yolanda Reyes Sánchez Calzado
Marta Tirado Hidalgo
Orientación
M.ª Inmaculada Altamirano Merino
José Manuel Cerrato Gómez
M. Ángeles Gil Muga
Rosa Luna Valero
Alba M.ª Merino Martínez
Javier Zambrano Calle

Claustro inicial 2024/2025

El claustro inicial para el curso 2024/2025 se convoca para el día 2 de septiembre, a las 11:00 horas, en el salón de actos del Centro, con el siguiente orden del día:

  1. Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión anterior.
  2. Información de las asignaturas y reparto de las mismas.
  3. Información general del centro.
  4. Ruegos y preguntas.