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Tutorías

Funciones de los tutores

  1. Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y en colaboración con el departamento de orientación del instituto.
  2. Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo.
  3. Organizar y presidir la junta de profesores y las sesiones de evaluación de su grupo.
  4. Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del instituto.
  5. Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y profesionales.
  6. Colaborar con el departamento de orientación del instituto, en los términos que establezca la jefatura de estudios.
  7. Encauzar las demandas e inquietudes de los alumnos y mediar, en colaboración con el delegado y subdelegado del grupo, ante el resto de los profesores y el equipo directivo en los problemas que se planteen.
  8. Coordinar las actividades complementarias para los alumnos del grupo.
  9. Informar a los padres, a los profesores y a los alumnos del grupo de todo aquello que les concierne, en relación con las actividades docentes y complementarias y con el rendimiento académico.
  10. Facilitar la cooperación educativa entre los profesores y los padres de los alumnos.
  11. Apoyados por los docentes de cada materia, se encargarán, principalmente en los cursos de 1º y 2º de la ESO, del seguimiento de la agenda escolar.

En el caso de los ciclos formativos de formación profesional, el tutor de cada grupo asumirá también, respecto al módulo de formación en centros de trabajo, las siguientes funciones:

  1. La elaboración del programa formativo del módulo, en colaboración con el profesor de formación y orientación laboral y con el responsable designado a estos efectos por el centro de trabajo.
  2. La evaluación de dicho módulo, que deberá tener en consideración la evaluación de los restantes módulos del ciclo formativo y, sobre todo, el informe elaborado por el responsable designado por el centro de trabajo sobre las actividades realizadas por los alumnos en dicho centro.
  3. La relación periódica con el responsable designado por el centro de trabajo para el seguimiento del programa formativo, a fin de contribuir a que dicho programa se ajuste a la cualificación que se pretende.
  4. La atención periódica, en el centro educativo, a los alumnos durante el período de realización de la formación en el centro de trabajo, con objeto de atender a los problemas de aprendizaje que se presenten y valorar el desarrollo de las actividades correspondientes al programa de formación.